Juez federal obliga a USCIS a reanudar trámites de green card, asilo y ciudadanía para 39 países incluyendo Cuba y Venezuela

Tribunal federal de EE.UU. - fallo judicial contra restricciones de USCIS para 39 países

ACTUALIZACIÓN 10-11 junio 2026: Tras el fallo del juez McConnell, el USCIS comenzó a reactivar las solicitudes de asilo, green card y permisos de trabajo que habían sido pausadas para nacionales de los 39 países del «travel ban» (incluyendo venezolanos y cubanos). La agencia tiene la obligación legal de procesar los casos pendientes. La administración Trump podría apelar la decisión, pero por ahora los casos deben avanzar. Si tu caso estaba pausado, consultá con tu abogado de inmigración sobre el estado actualizado.

Un juez federal de Estados Unidos anuló este viernes una serie de restricciones migratorias impuestas por la administración Trump que habían dejado a inmigrantes de 39 países —incluidos cubanos, venezolanos y haitianos— sin poder avanzar en sus trámites de green card, asilo político, permiso de trabajo y ciudadanía americana. El fallo del juez John McConnell Jr. ordena al Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) reanudar de forma inmediata el procesamiento de todos esos beneficios migratorios.

¿Qué ordenó el juez federal?

El juez de distrito John McConnell Jr. declaró ilegales las políticas que el gobierno de Trump implementó tras el tiroteo contra dos miembros de la Guardia Nacional en Washington D.C., perpetrado por un ciudadano afgano. Esas políticas pusieron en pausa indefinida la resolución de solicitudes de:

  • Asilo político
  • Tarjeta de residencia permanente (green card)
  • Permiso de trabajo (EAD)
  • Naturalización y ciudadanía americana

La suspensión afectaba a nacionales de 39 países de África, Asia, América Latina y Medio Oriente. Según el fallo, «desde entonces, a las personas de estos países se les ha impedido categóricamente obtener decisiones definitivas» sobre sus trámites migratorios, dejándolos en un «limbo legal indefinido».

¿Cuáles son los 39 países afectados?

Las restricciones cubrían dos grupos de países. El primer grupo con suspensión total incluía: Afganistán, Birmania, Chad, República Democrática del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. El segundo grupo con restricciones parciales incluía a Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela. A estos se sumaron 20 países adicionales que fueron incorporados a la lista en diciembre de 2025.

Para la comunidad latinoamericana, los casos más relevantes son los de Cuba y Venezuela, dos países con millones de nacionales dentro de Estados Unidos que tenían sus trámites migratorios congelados desde finales de 2025.

Por qué el juez declaró ilegales estas políticas

El juez McConnell fue contundente en su crítica al USCIS. Señaló que la agencia estaba «justificando sus actos por preocupaciones de ‘seguridad nacional’ que en realidad son pretextos para disimular prejuicios antiinmigrantes». El magistrado citó una publicación de la entonces secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, quien en diciembre había recomendado al presidente Trump una «prohibición total de viajes» para países que supuestamente habían «inundado» a EE.UU. con personas que delinquen.

La aplicación de esa recomendación fue inmediata: las solicitudes de ajuste de estatus, green card y naturalización quedaron suspendidas para los nacionales de los países listados, sin ningún proceso legal previo ni distinción entre casos individuales. El juez consideró que esto viola los procedimientos establecidos por ley para modificar políticas migratorias.

El origen de las restricciones: el tiroteo de la Guardia Nacional

Las políticas anuladas por el juez se implementaron como respuesta directa a un ataque armado en Washington D.C. El ciudadano afgano Rahmanullah Lakanwal, de 29 años, disparó contra dos miembros de la Guardia Nacional. Una de las víctimas, Sarah Beckstrom de 20 años, falleció. La otra víctima, Andrew Wolfe de 24 años, sobrevivió pero continuaba en recuperación.

Lakanwal había ingresado a EE.UU. en 2021 bajo permiso humanitario como parte de la Operación «Aliados Bienvenidos» de la administración Biden, que buscaba reubicar a afganos vulnerables tras la retirada estadounidense de ese país. La administración Trump utilizó este caso para justificar la suspensión masiva de trámites migratorios para ciudadanos de decenas de países.

¿Qué significa este fallo para quienes tenían sus trámites congelados?

El fallo judicial ordena al USCIS reanudar de inmediato el procesamiento de todos los beneficios migratorios suspendidos para los 39 países. En la práctica, esto significa que:

Sin embargo, es importante tener en cuenta que la administración Trump tiene la opción de apelar la decisión. Ante cualquier apelación, el juez podría mantener o levantar la orden mientras se resuelve el recurso. Por esta razón, expertos en inmigración recomiendan no asumir que los trámites se reactivarán automáticamente sin antes consultar el estado específico del caso.

El contexto más amplio: múltiples fallos contra las políticas de Trump

Esta decisión judicial se suma a una serie de fallos que han frenado distintas medidas de la administración Trump en materia migratoria. Los tribunales federales han intervenido en múltiples ocasiones para bloquear o limitar políticas que, según los jueces, exceden las atribuciones legales del ejecutivo o violan derechos constitucionales.

El programa de deportaciones masivas también ha enfrentado numerosas restricciones judiciales.

Los demócratas y organizaciones de derechos civiles han presentado decenas de demandas desde el inicio del segundo mandato de Trump, logrando detener temporalmente varias de las medidas más controvertidas.

Para la comunidad inmigrante, estos fallos representan una línea de defensa importante, aunque incierta. Las decisiones pueden ser apeladas, y el gobierno puede buscar vías alternativas para implementar restricciones similares.

¿Qué hacer si te afecta este fallo?

Si sos nacional de uno de los 39 países afectados y tenés un trámite migratorio detenido, estos son los pasos recomendados:

  1. Verificá el estado de tu caso en el portal de USCIS (my.uscis.gov) con tu número de recibo para ver si hay actualizaciones.
  2. Contactá a un abogado de inmigración con experiencia en casos de tu país. La situación legal sigue evolucionando y necesitás asesoramiento actualizado.
  3. No canceles ni abandones tu solicitud. Si tu caso estaba en proceso antes de las restricciones, el fallo respalda tu derecho a una resolución.
  4. Guardá toda la documentación de tu caso, incluyendo fechas de presentación, recibos de USCIS y cualquier comunicación oficial.
  5. Seguí las actualizaciones. La administración puede apelar y la situación puede cambiar. Mantenerse informado es fundamental.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Este fallo aplica para cubanos y venezolanos en EE.UU.?

Sí. Cuba y Venezuela estaban incluidos en la lista de países con restricciones parciales. El fallo ordena a USCIS reanudar el procesamiento de beneficios migratorios para nacionales de todos los 39 países, incluyendo cubanos y venezolanos.

¿USCIS ya está procesando estos casos?

El fallo fue emitido el 5 de junio de 2026 y ordena la reanudación inmediata. Sin embargo, USCIS puede tardar días o semanas en actualizar los sistemas y reactivar los casos. Consultá directamente con tu abogado o con USCIS para conocer el estado actual de tu caso específico.

¿Puede Trump apelar este fallo?

Sí. La administración Trump tiene la posibilidad de apelar la decisión ante un tribunal superior. De hacerlo, el caso continuaría siendo litigado y el fallo podría ser revocado o confirmado en instancias superiores, incluida eventualmente la Corte Suprema.

¿Qué pasa si mi solicitud fue negada durante el período de suspensión?

Si tu solicitud fue denegada formalmente durante el período de restricciones, es importante consultar con un abogado de inmigración para evaluar si corresponde presentar un recurso (motion to reconsider o motion to reopen) basado en este nuevo fallo judicial.

¿Este fallo anula también la prohibición de entrada (travel ban)?

El fallo se enfoca específicamente en la suspensión de beneficios migratorios dentro de EE.UU. (green card, asilo, permisos de trabajo, ciudadanía). Las restricciones de entrada al país (travel ban) son una política separada y no son directamente afectadas por esta decisión judicial.

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