El Departamento de Estado publicó el 3 de agosto de 2026 la regla final que convierte en programa permanente el llamado «Visa Bond Program» (programa de fianza de visa), después de haber operado durante un año como piloto temporal. La norma, publicada en el Federal Register, entró en vigor el mismo día de su publicación.
Si estás tramitando o pensás tramitar una visa de turista o de negocios (B-1/B-2), este cambio te puede afectar directamente según tu país de origen. Te explicamos qué dice la regla, quién queda cubierto y qué pasa si no cumplís las condiciones del bono.
¿Qué es el Visa Bond Program?
Es un mecanismo que permite a los oficiales consulares exigir a ciertos solicitantes de visa B-1/B-2 el depósito de una fianza en dinero como condición para que se les emita la visa. La base legal es la sección 221(g)(3) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), que autoriza a los oficiales consulares a requerir un bono para «asegurar que, al vencer el período de admisión, el extranjero abandone Estados Unidos».
El programa había arrancado como piloto temporal el 20 de agosto de 2025 y corrió durante doce meses, hasta el 5 de agosto de 2026. La regla que se acaba de publicar no crea el programa desde cero: lo convierte en permanente tras evaluar los resultados del piloto.
¿A quién aplica?
El programa está limitado a solicitantes de visa B-1/B-2 (visitante de negocios y turista, incluida la combinada B-1/B-2). No aplica —al menos por ahora— a visas de estudiante ni a otras categorías.
Los países cubiertos no están listados en esta regla: el Departamento de Estado los anuncia y actualiza de forma independiente en travel.state.gov, con un aviso de al menos 15 días antes de que la cobertura de un país nuevo entre en vigor (la eliminación de un país de la lista, en cambio, es inmediata). Los países que ya estaban cubiertos por el programa piloto pasan automáticamente al programa permanente. Los países miembros del Programa de Exención de Visa (Visa Waiver Program) están excluidos por completo.
Según cifras que la propia regla cita del piloto: se agregaron 50 países durante los primeros diez meses, se determinó que unas 20.000 solicitudes de visa requerían fianza, y aproximadamente la mitad terminó en un pago real, por un total cercano a 115 millones de dólares en fianzas temporales.
¿Cuánto hay que pagar?
El bono se fija en uno de tres montos, a criterio del oficial consular:
- 10.000 dólares, si el oficial considera que el solicitante no podría afrontar un monto mayor.
- 15.000 dólares, el monto por defecto esperado en la mayoría de los casos.
- 20.000 dólares, si el oficial entiende que, pese a los vínculos fuertes con el país de origen del solicitante, ese monto es insuficiente como garantía.
A partir del 1 de octubre de 2027, y luego cada siete años, el tope de 20.000 dólares se ajustará automáticamente por inflación (redondeado al múltiplo de 1.000 más cercano).
El pago se hace de forma electrónica, en dólares, a través de una plataforma administrada por el Tesoro de EE.UU. No genera intereses, y los costos de conversión de moneda o de procesamiento de tarjeta corren por cuenta del solicitante.
¿Qué pasa si no se cumple?
Si se produce una «violación sustancial» de las condiciones del bono, se pierde la totalidad del monto —no una parte—. La regla enumera cinco situaciones que constituyen incumplimiento:
- Permanecer en EE.UU. después de vencido el período de admisión autorizado.
- Presentar fuera de plazo una solicitud de cambio de estatus.
- No salir del país dentro de los 10 días posteriores a la denegación de una extensión o cambio de estatus presentado a tiempo.
- Presentar fuera de plazo una solicitud de extensión de estadía.
- Presentar el Formulario I-589 de solicitud de asilo.
DHS es quien determina si hubo incumplimiento, tras una revisión automatizada preliminar, y notifica por escrito al obligado. Existe la posibilidad de apelar esa determinación. Presentar a tiempo una solicitud de extensión o cambio de estatus no constituye, por sí solo, un incumplimiento, aunque USCIS puede considerar la existencia de un bono como un factor discrecional negativo al evaluar esa solicitud.
Si la persona cumple —sale del país a tiempo por un puerto de entrada habilitado, o simplemente no viaja y la visa vence sin uso, o es declarada inadmisible por CBP al llegar—, el bono se cancela y se devuelve sin intereses.
Una condición importante: solo aeropuertos comerciales
Quienes viajen con visa bajo este programa solo pueden entrar y salir de Estados Unidos por aeropuertos comerciales (incluyendo puntos de preinspección de CBP). No está permitido usar puertos terrestres ni marítimos para el ingreso o la salida final.
No existe un proceso para solicitar una exención del bono de forma directa: solo el oficial consular puede recomendar una excepción en circunstancias muy limitadas, como viajes de funcionarios del gobierno de EE.UU. o necesidades humanitarias urgentes.
¿Qué significa esto en la práctica?
Si sos de un país que no está en la lista de cobertura, este cambio no te afecta directamente. Pero si tu país llega a ser incluido, vale la pena chequear travel.state.gov antes de tu cita consular para B-1/B-2, porque el bono se suma a los costos y trámites habituales de la solicitud de visa. También conviene tener presente la condición de viajar únicamente por aeropuertos comerciales al planificar el itinerario.
Fuente oficial: Federal Register, «Visas: Visa Bond Program», Documento 2026-15726, Departamento de Estado, publicado el 3 de agosto de 2026.